Consejo Directivo.

El Consejo Directivo es el máximo órgano de gobierno escolar; está integrado por el Rector, 2 representantes de los educadores (uno de cada sede), 2 representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes del último grado, un egresado y un representante del sector productivo.

Funciones y reglamento interno del Consejo Directivo:

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección Administrativa en el caso de los establecimientos privados.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre educadores y administrativos, con los estudiantes de la institución educativa y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes.

5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal educador presentado por el Rector.

7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley y en los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

9. Establecer reconocimientos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que ha de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

10. Participar en la evaluación de los educadores, directivos educadores y personal administrativo de la institución.

11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

14. Fomentar la conformación de organizaciones de padres de familia y de estudiantes.

15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.

16. Aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.

17. Diseñar y elaborar su propio reglamento. (Art.23 Dto.1860 de 1994)

Reglamento interno del Consejo Directivo

1. Asistir puntualmente a todas las reuniones.

2. Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Consejo.

3. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asignen.

4. Expresar de manera respetuosa sus opiniones en las discusiones que se den en las reuniones del Consejo, y dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa.

5. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el Consejo.

6. Darse su propia organización interna, nombrando los diferentes cargos en el interior del Consejo Directivo. 7. Apoyar las acciones educativas de la Institución conociendo la filosofía, el proyecto educativo, sus objetivos, el Manual de Convivencia y cooperando para su dinamización en la institución.

8. Estimular el buen funcionamiento de la institución educativa, con aportes puntuales sobre la dinámica institucional.

9. Dar testimonio de responsabilidad, desde el rol que desempeña en el Consejo Directivo

10. Conocer con anticipación y por escrito la agenda de trabajo para cada reunión. I.E. PRESBITERO ANTONIO JOSE BERNAL LONDOÑO S.J Aprobado por la Secretaría de Educación de Medellín Resolución 09994 del 13 de dic. 2007 Manual de Convivencia 2018 Página46

11. Trazar correctivos para las conductas inadecuadas de los integrantes del Consejo que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

12. Contribuir con la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional cuando se requiera de apoyo.

13. Considerar causal de pérdida de investidura como representante al Consejo Directivo, la inasistencia a dos (2) sesiones, la negligencia en el cumplimiento de sus deberes por segunda vez o una orden de autoridad competente





¡Tu navegador no está actualizado!

Actualiza tu navegador para ver este sitio correctamente. Actualizar ahora

×